14 Jul Las cláusulas suelo renegociadas pueden ser abusivas
El TJUE dictamina que las cláusulas suelo renegociadas pueden ser abusivas
El Tribunal Superior de Justicia de la UE pone en cuestión los contratos de novación, acuerdos que algunos consumidores firmaron en 2013 con su entidad bancaria para reducir o eliminar la cláusula suelo de su préstamo hipotecario, renunciando a cambio a recurrir a la vía judicial.
La sentencia del TJUE determina ahora que estas cláusulas renegociadas pueden ser revisadas por un juez y declaradas abusivas, ya que vulneran las leyes de la UE sobre protección al consumidor.
Las cláusulas suelo fueron aplicadas por los Bancos durante la recesión (2007 – 20129 para impedir que los consumidores pudieran beneficiarse de la caída de los tipos de interés, fijando un tipo mínimo.
El Tribunal Supremo dictaminó que dichas cláusulas eran abusivas en caso de falta de transparencia.
Los Bancos hicieron firmar entonces a los clientes afectados un contrato de novación modificativa del préstamo, anticipando una rebaja de la cláusula suelo a cambio de que el cliente renunciara a la vía judicial.
El caso
En este caso concreto se trata de una consumidora cuya entidad rebajó la cláusula suelo del 3,25% al 2,35%.
En 2016 el TJUE dictaminó que las entidades debían devolver todo lo cobrado de más a sus clientes por las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca y no únicamente lo ingresado desde el 9 de mayo de 2013, el límite que había fijado el Supremo.
La clienta entonces presentó una demanda solicitando que se anulara la cláusula de su contrato de novación y la restitución de las cantidades cobradas de más por Ibercaja.
El caso corresponde al Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Teruel, que ha pedido al TJUE que se pronuncie.
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